Analizan desde el Blog Castigado Contra la Pared, parte de los problemas de la administración local en España.En parte es innegable que no le falta razón. Pero el que suscribe no puede estar del todo de acuerdo con las causas que esgrime.
En primer lugar, porque esencialmente que un ayuntamiento este endeudado, no es malo. Digo esencialmente, porque si se cumplen los requisitos a rajatabla de no endeudarse por encima de la capacidad financiera, que no es otra que la cuantía de los ingresos ordinarios, queda margen suficiente para que en caso de crisis, exista margen de maniobra más que suficiente.
Por lo tanto, si se cumple con esa máxima de no endeudarse por encima de las posibilidades de ingreso ordinario chapeau.
En segundo lugar, porque el deber de control no corresponde únicamente a la propia entidad local. En Navarra es responsabilidad del Gobierno de Navarra su control. Otra cosa es que las actas de los plenos se revisen como corregía aquel profesor de primaria. Lanzarlos en el baño, y los que entren en la bañera se miran con lupa, el resto aprobados. No es serio…
En tercer lugar, porque las normativas urbanísticas propiciadas fundamentalmente por las Administraciones de las Comunidades Autónomas han impulsado crecimientos desorbitados con imputaciones de dotaciones más que dudosas. Me explicaré. Dentro del desarrollo de planeamiento de nuevas unidades, estas deben correr con la aportación de los terrenos y a veces la construcción de nuevas dotaciones. Este sistema se ha pervertido de tal forma que para conseguir nuevas dotaciones gratis para la administración se provocan recalificaciones desmedidas. Véase el PSIS del tren de Alta Velocidad paralizado por un abogado de Pamplona.
Es decir, para no tener que comprar el suelo de una estación de tren recalificamos una barbaridad de terrenos.
Resulta evidente que la tentación de asumir ese incremento de ingresos para dedicarlos a gasto corriente, incrementándolo, vence muchas voluntades. Y ahí si que tiene razón el bloguero, ayuntamientos Ikea y cuatro por cuatro.
En cuarto lugar, y no menos importante, es que esto es el resultado de que simplemente somos tontos. Porque cuando esas situaciones, con la salvedad expuesta, se detectan, hay que modificar el sentido del voto. Y doblemente. Tanto para los que han incumplido las más elementales normas de sentido común despilfarrando, como para los que tuercen la Ley desde el Gobierno Central para asfixiar a ciudades y no dejarles renegociar deuda legítimamente.
Hay varios significados de tránsito. El que más se puede acomodar al título de este blog es "Muerte de una persona santa y justa, o que ha dejado buena opinión con su virtuosa vida". Eso es lo que le ha pasado a la palabra, que se la lleva el viento...
viernes, 19 de noviembre de 2010
miércoles, 10 de noviembre de 2010
Sobre el jurado
Cuando se reintroduce el Jurado en España, se estaba pensando en la participación directa de la ciudadanía en la administración de justicia a la hora de aplicar la Ley. Tradicionalmente se establecía en determinados momentos históricos, como una supuesta garantía de libertad frente a unos jueces de los que se dudaba. La CE 1978, lo hace como falso reflejo de otras etapas de supuesta mayor libertad.
La Ley Orgánica del Tribunal del Jurado, señala: «Lo que puede considerarse una constante en la historia del derecho constitucional español; cada período de libertad ha significado la consagración del Jurado; así en la Constitución de Cádiz de 1812, y en las de 1837, 1869 y 1931, y por el contrario cada época de retroceso de las libertades públicas ha eliminado o restringido considerablemente ese instrumento de participación ciudadana, en paralelo y como complemento a las restricciones del conjunto de sus derechos y de los instrumentos de participación en los asuntos públicos».
Esto me parece un despropósito, puesto que no hay ni mayor o menor libertad siendo juzgado por ciudadanos de a pie o por jueces profesionales. La libertad ni te la da el poder juzgar, ni te la quita el no poder hacerlo.
Tras los últimos casos padecidos en Navarra (si, padecidos), se imponen varias reflexiones.
1.- El sistema actual del jurado no funciona.
No puede ser que diez personas deban decidir el límite entre culpa consciente, dolo eventual, etc. Conceptos tan etéreos que a la mayoría de los profesionales les cuesta determinar.
La influencia de los magistrados en el proceso puede influir en el jurado y en el acusado. Me explicaré. Si un magistrado ordenase reiteradamente la devolución de un veredicto, más de un miembro del jurado podría enfadarse y querer terminar de manera inmediata su encierro. O si por ejemplo, la prisión provisional ha sido mantenida durante el proceso, incluso cuando las partes hayan pedido su salida, se está perjudicando al acusado.
La presión mediática suele favorecer al acusado. Cuanto más se le condene en la calle, sin la observancia de todas las pruebas, sin la inmediatez completa de la causa, y con una presión acusadora muy fuerte, se favorecerá una especie de síndrome de Estocolmo en los miembros del jurado. Una buena estrategia defensiva, dentro de la rectitud de comportamientos, destruirá por completo la imagen del acusado con rabo y cuernos que previamente podrían tener los miembros del jurado.
2.- El veredicto debería ceñirse a la culpabilidad del acusado y punto.
Eso en un sistema garantista como el nuestro distorsiona el sistema de jurado. En España debe destruirse por completo la presunción de inocencia. La convicción para condenar debe ser plena. Evidentemente plantes muchos problemas que exceden este artículo de opinión.
3.- Los juicios con Jurado ponen de manifiesto que en España está fracasando la instrucción.
Resulta paradójico, comparando con otras democracias avanzadas que existe un Juez instructor que sea el que ordena y dirige la investigación, a la vez que es el que decide el procesamiento. En otros estados, la fiscalía es la que dirige la investigación, se encuentra al frente de la policía judicial, y decide formular la acusación al juez de instrucción que solamente es garante de los derechos del imputado.
Aquí no. La fiscalía solicita pruebas, que se le conceden o no. Y luego es el Juez el que pone a las acusaciones en el disparadero de acusar. A pesar de la previsión de que si la fiscalía solicitara nuevas diligencias el juez esta obligado a realizarlas (alguno esto no lo entienden, y existe numerosa jurisprudencia), las anteriores pruebas denegadas, ya no se admiten.
Es necesario que los fiscales instruyan los asuntos puesto que son ellos los que acusan, y que los jueces de instrucción se ciñana exclusivamente a garantizar los derechos del imputado.
Esto nos llevaría a que la fiscalía, o los fiscales de instrucción debieran ser independientes. Pero eso ya excede del tema del jurado, y hoy no toca hablar de política.
La Ley Orgánica del Tribunal del Jurado, señala: «Lo que puede considerarse una constante en la historia del derecho constitucional español; cada período de libertad ha significado la consagración del Jurado; así en la Constitución de Cádiz de 1812, y en las de 1837, 1869 y 1931, y por el contrario cada época de retroceso de las libertades públicas ha eliminado o restringido considerablemente ese instrumento de participación ciudadana, en paralelo y como complemento a las restricciones del conjunto de sus derechos y de los instrumentos de participación en los asuntos públicos».
Esto me parece un despropósito, puesto que no hay ni mayor o menor libertad siendo juzgado por ciudadanos de a pie o por jueces profesionales. La libertad ni te la da el poder juzgar, ni te la quita el no poder hacerlo.
Tras los últimos casos padecidos en Navarra (si, padecidos), se imponen varias reflexiones.
1.- El sistema actual del jurado no funciona.
No puede ser que diez personas deban decidir el límite entre culpa consciente, dolo eventual, etc. Conceptos tan etéreos que a la mayoría de los profesionales les cuesta determinar.
La influencia de los magistrados en el proceso puede influir en el jurado y en el acusado. Me explicaré. Si un magistrado ordenase reiteradamente la devolución de un veredicto, más de un miembro del jurado podría enfadarse y querer terminar de manera inmediata su encierro. O si por ejemplo, la prisión provisional ha sido mantenida durante el proceso, incluso cuando las partes hayan pedido su salida, se está perjudicando al acusado.
La presión mediática suele favorecer al acusado. Cuanto más se le condene en la calle, sin la observancia de todas las pruebas, sin la inmediatez completa de la causa, y con una presión acusadora muy fuerte, se favorecerá una especie de síndrome de Estocolmo en los miembros del jurado. Una buena estrategia defensiva, dentro de la rectitud de comportamientos, destruirá por completo la imagen del acusado con rabo y cuernos que previamente podrían tener los miembros del jurado.
2.- El veredicto debería ceñirse a la culpabilidad del acusado y punto.
Eso en un sistema garantista como el nuestro distorsiona el sistema de jurado. En España debe destruirse por completo la presunción de inocencia. La convicción para condenar debe ser plena. Evidentemente plantes muchos problemas que exceden este artículo de opinión.
3.- Los juicios con Jurado ponen de manifiesto que en España está fracasando la instrucción.
Resulta paradójico, comparando con otras democracias avanzadas que existe un Juez instructor que sea el que ordena y dirige la investigación, a la vez que es el que decide el procesamiento. En otros estados, la fiscalía es la que dirige la investigación, se encuentra al frente de la policía judicial, y decide formular la acusación al juez de instrucción que solamente es garante de los derechos del imputado.
Aquí no. La fiscalía solicita pruebas, que se le conceden o no. Y luego es el Juez el que pone a las acusaciones en el disparadero de acusar. A pesar de la previsión de que si la fiscalía solicitara nuevas diligencias el juez esta obligado a realizarlas (alguno esto no lo entienden, y existe numerosa jurisprudencia), las anteriores pruebas denegadas, ya no se admiten.
Es necesario que los fiscales instruyan los asuntos puesto que son ellos los que acusan, y que los jueces de instrucción se ciñana exclusivamente a garantizar los derechos del imputado.
Esto nos llevaría a que la fiscalía, o los fiscales de instrucción debieran ser independientes. Pero eso ya excede del tema del jurado, y hoy no toca hablar de política.
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jurado navarra fiscalia acusado instruccion
Cuando en la administración hay dos varas de medir, ha llegado la hora de cambiarla.
Ya era un ronroneo incesante en la red. Se había sancionado a policías municipales de Pamplona por multar coches oficiales del Gobierno que se encontraban mal estacionados.
En concreto, cuenta Diario de Navarra: “los responsables de Policía Municipal de Pamplona han ordenando a los policías que en el caso de encontrar un vehículo oficial mal aparcado no sancionen, sino que preparen un informe con fotos y datos de la infracción, para que sea así el órgano competente, en este caso la concejal, la que sancione.” http://bit.ly/clioVV
Los policías municipales nunca sancionan. Lo hace, en este caso, la concejala delegada. Los policías denuncias , vamos que ponen la multa con la posible sanción. Luego ya vendrán los recursos, si los hay, y la sanción en cuestión.
Más allá de esta apreciación, fruto del desconocimiento del periodista que redacta la noticia, debemos leer entre líneas.
Claro que podrán multar, pero de ahí a que se lo lleve la grúa, o le deje la multa en el limpia parabrisas, eso no claro.
Sigue diciendo la noticia: “que preparen un informe con fotos y datos de la infracción, para que sea así el órgano competente, en este caso la concejal, la que sancione.” Vamos, que lo multen, pero con discreción, y luego ya veremos. Que no ordenen lo que hacen frente al resto de ciudadanos, eso de conductor ausente, eso de impide la circulación, eso de contraviene la ordenanza tal. Vamos, la manga ancha pura y dura.
Pero el colmo de los despropósitos lo encontramos en la siguiente afirmación “Se busca así evitar algunos enfrentamientos repetidos en las últimas semanas”. Es decir, que si le monto la pirula al agente en cuestión por la multa que me va a poner o me está poniendo, a mi ciudadanito de a pie, cañita de la buena. Pero si soy el chofer del fulano o formo para de la escolta del mengano, con tal de no discutir, pues nada. Como si los ciudadanos no lleváramos toda la vida con enfrentamientos repetidos.
En resumen, que ellos si pueden dejar el coche donde quieran y cuando quieran, a pesar de la normativa vigente, incluso cuando estorba y tienen sitio, y los demás no.
Para eso el propio Ayuntamiento de Pamplona facilita unos tarjetones que deben colocarse en lugar visible. Claro, y si el coche es de esos camuflados, como son la mayoría, ¿el agente debe ser adivino?.
O si el vehículo realmente obstaculiza ¿tampoco lo multan ni ordenan su retirada?.
Oigan, que esto no es serio. Ni es seria la actitud que la policía tenía habitualmente con estos señores, a los cuales les permitían todo. Ni es seria la actitud de a estos palo, y a esto, a los del coche oficial guante de seda.
La Constitución Española en su artículo 14 establece la igualdad de todos ante la Ley. Y en otro artículo el sometimiento de los poderes públicos a la legalidad vigente. A buen entendedor pocas palabras bastan.
Lo que no podrán impedir será el que los ciudadanos denunciemos esos vehículos mal estacionados. Ni el ridículo que consiguen en la red.
En concreto, cuenta Diario de Navarra: “los responsables de Policía Municipal de Pamplona han ordenando a los policías que en el caso de encontrar un vehículo oficial mal aparcado no sancionen, sino que preparen un informe con fotos y datos de la infracción, para que sea así el órgano competente, en este caso la concejal, la que sancione.” http://bit.ly/clioVV
Los policías municipales nunca sancionan. Lo hace, en este caso, la concejala delegada. Los policías denuncias , vamos que ponen la multa con la posible sanción. Luego ya vendrán los recursos, si los hay, y la sanción en cuestión.
Más allá de esta apreciación, fruto del desconocimiento del periodista que redacta la noticia, debemos leer entre líneas.
Claro que podrán multar, pero de ahí a que se lo lleve la grúa, o le deje la multa en el limpia parabrisas, eso no claro.
Sigue diciendo la noticia: “que preparen un informe con fotos y datos de la infracción, para que sea así el órgano competente, en este caso la concejal, la que sancione.” Vamos, que lo multen, pero con discreción, y luego ya veremos. Que no ordenen lo que hacen frente al resto de ciudadanos, eso de conductor ausente, eso de impide la circulación, eso de contraviene la ordenanza tal. Vamos, la manga ancha pura y dura.
Pero el colmo de los despropósitos lo encontramos en la siguiente afirmación “Se busca así evitar algunos enfrentamientos repetidos en las últimas semanas”. Es decir, que si le monto la pirula al agente en cuestión por la multa que me va a poner o me está poniendo, a mi ciudadanito de a pie, cañita de la buena. Pero si soy el chofer del fulano o formo para de la escolta del mengano, con tal de no discutir, pues nada. Como si los ciudadanos no lleváramos toda la vida con enfrentamientos repetidos.
En resumen, que ellos si pueden dejar el coche donde quieran y cuando quieran, a pesar de la normativa vigente, incluso cuando estorba y tienen sitio, y los demás no.
Para eso el propio Ayuntamiento de Pamplona facilita unos tarjetones que deben colocarse en lugar visible. Claro, y si el coche es de esos camuflados, como son la mayoría, ¿el agente debe ser adivino?.
O si el vehículo realmente obstaculiza ¿tampoco lo multan ni ordenan su retirada?.
Oigan, que esto no es serio. Ni es seria la actitud que la policía tenía habitualmente con estos señores, a los cuales les permitían todo. Ni es seria la actitud de a estos palo, y a esto, a los del coche oficial guante de seda.
La Constitución Española en su artículo 14 establece la igualdad de todos ante la Ley. Y en otro artículo el sometimiento de los poderes públicos a la legalidad vigente. A buen entendedor pocas palabras bastan.
Lo que no podrán impedir será el que los ciudadanos denunciemos esos vehículos mal estacionados. Ni el ridículo que consiguen en la red.
martes, 9 de noviembre de 2010
Cuando una administración no respeta al ciudadano, ha llegado la hora de cambiarla.
Cuando una administración no respeta al ciudadano, ha llegado la hora de cambiarla.
Eso escribía esta mañana en mi twitter tras pasar una noche de esas que mi amiga la Munárriz llama “toledana”. Tres horas antes de mi habitual despertar, no dejaba de darle vueltas a un asunto del despacho. Unas pobres señoras a las que el Ayuntamiento de Pamplona les quiere tirar su casa, bajo la cobertura del Gobierno de Navarra, dentro del PSIS del TAV.
Una cosa es lo que te dicen en privado. Nos hemos equivocado, no os habéis podido defender, el Plan Municipal no contemplaba su derribo., etc… Vamos que tenemos razón.
Y otra lo que dicen que van a hacer. Que para Pamplona, no tiene ningún sentido esas viviendas ahí, y que las van a tirar sí o sí.
Todo eso, a pesar de que a los técnicos del Gobierno, ni les molestan esas viviendas, ni tienen porqué comerse semejante marrón de la paralización de instrumentos de planeamiento. Vamos que en el fondo aunque les ganemos la batalla, la guerra está muy jodida.
Y eso es lo que verdaderamente me indigna. ¿Tenemos los ciudadanos la obligación de aguantar una administración que pisotea nuestros derechos?. No estoy hablando de los políticos, de momento. Sino de las estructuras administrativas aferradas al poder in illo tempore que se retroalimentan a si mismas, que hacen y deshacen a su antojo.
Desde hace muchos años la Administración es conducida por las mismas personas (todavía no he llegado al os políticos), por lo menos en su mayor parte. Tanto la municipal como la de la Comunidad Foral. Esto implica necesariamente un nivel de autocomplacencia y de compañerismo mal entendido, que a la postre termina vulnerando los derechos cívicos de los administrados.
Sin ir más lejos, antes de llegar al despacho me comenta un hostelero del casco antiguo la cantidad de pegas, de contradicciones de estupideces que le ponen para abrir su nuevo local. Que con la que está cayendo en España tengamos burócratas que por no hacer bien su trabajo estén todo el día que si píntame la fachada, que los cristales no sé cómo, que hay que tirar no se qué. Coño, léase el proyecto que es lo que usted me ha aprobado.
Que ese señor crea empleo y estable. Da un servicio y de calidad, mejora la imagen de la ciudad y de la comunidad.
Y luego, cuando te topas con este tipo de gentes, si quieres hablar con el político, muchas veces, espérate sentado. Vamos, eso en el mejor de los casos. Que a mí me ha pasado que te lo echan encima con esas cuestiones tan habituales en la política de los intereses económicos y otras lindezas.
Por eso creo que cuando una administración no respeta al ciudadano, ha llegado la hora de cambiarla.
Eso escribía esta mañana en mi twitter tras pasar una noche de esas que mi amiga la Munárriz llama “toledana”. Tres horas antes de mi habitual despertar, no dejaba de darle vueltas a un asunto del despacho. Unas pobres señoras a las que el Ayuntamiento de Pamplona les quiere tirar su casa, bajo la cobertura del Gobierno de Navarra, dentro del PSIS del TAV.
Una cosa es lo que te dicen en privado. Nos hemos equivocado, no os habéis podido defender, el Plan Municipal no contemplaba su derribo., etc… Vamos que tenemos razón.
Y otra lo que dicen que van a hacer. Que para Pamplona, no tiene ningún sentido esas viviendas ahí, y que las van a tirar sí o sí.
Todo eso, a pesar de que a los técnicos del Gobierno, ni les molestan esas viviendas, ni tienen porqué comerse semejante marrón de la paralización de instrumentos de planeamiento. Vamos que en el fondo aunque les ganemos la batalla, la guerra está muy jodida.
Y eso es lo que verdaderamente me indigna. ¿Tenemos los ciudadanos la obligación de aguantar una administración que pisotea nuestros derechos?. No estoy hablando de los políticos, de momento. Sino de las estructuras administrativas aferradas al poder in illo tempore que se retroalimentan a si mismas, que hacen y deshacen a su antojo.
Desde hace muchos años la Administración es conducida por las mismas personas (todavía no he llegado al os políticos), por lo menos en su mayor parte. Tanto la municipal como la de la Comunidad Foral. Esto implica necesariamente un nivel de autocomplacencia y de compañerismo mal entendido, que a la postre termina vulnerando los derechos cívicos de los administrados.
Sin ir más lejos, antes de llegar al despacho me comenta un hostelero del casco antiguo la cantidad de pegas, de contradicciones de estupideces que le ponen para abrir su nuevo local. Que con la que está cayendo en España tengamos burócratas que por no hacer bien su trabajo estén todo el día que si píntame la fachada, que los cristales no sé cómo, que hay que tirar no se qué. Coño, léase el proyecto que es lo que usted me ha aprobado.
Que ese señor crea empleo y estable. Da un servicio y de calidad, mejora la imagen de la ciudad y de la comunidad.
Y luego, cuando te topas con este tipo de gentes, si quieres hablar con el político, muchas veces, espérate sentado. Vamos, eso en el mejor de los casos. Que a mí me ha pasado que te lo echan encima con esas cuestiones tan habituales en la política de los intereses económicos y otras lindezas.
Por eso creo que cuando una administración no respeta al ciudadano, ha llegado la hora de cambiarla.
viernes, 29 de octubre de 2010
Objeción de conciencia.
A raíz de la recién aprobada ley en Navarra para la creación de un registro de objeción de conciencia respecto de los profesionales directamente involucrados en abortos, surgen una serie de consideraciones.
En el ámbito jurídico.
Es absolutamente innecesario el establecimiento mediante Ley Foral, de un simple registro. La pobre técnica legisladora, que no es nueva en estas tierras, tiende a regular absolutamente todo como forma de presión a un gobierno de un color diferente. Las Leyes están para lo que están, y no para estas cosas.
El establecimiento de un registro en el que anticipadamente los profesionales deben manifestar su objeción, a mi modesto entender es INCONSTITUCIONAL.
En primer lugar porque no se puede temporalizar la objeción de conciencia. Es decir, hasta el mismo momento del acto a realizar se puede objetar. Parece que el Partido Socialista y Nabai no han aprendido nada de la objeción de conciencia al servicio militar. Es decir, nadie puede obligar a una persona a no ejercer su legítimo derecho para abstenerse por motivos éticos o morales con meses de anticipación. O a sensu contrario, nadie puede coaccionar en contra de su conciencia a quien en la puerta del quirófano decide objetar. Intentarlo es una agresión a los derechos individuales del profesional sanitario. Se vulnera el artículo 14 de la CE.
En segundo lugar, porque esta objeción de conciencia lo va a ser siempre por motivos éticos y morales. Lo cual implica que el establecer un registro en función de las creencias religiosas o íntimas de las personas vulnera el principio constitucional de la libertad religiosa y la libertad de conciencia. Se vulneran el artículo 10 de la CE (dignidad de la persona) y el 14 al establecer una discriminación por religión u opinión.
Hay que intentar un recurso de inconstitucionalidad.
Políticamente.
Simplemente el modelo más parecido es el de la Alemania nacionalsocialista o el Estalinista. Crear listas de buenos y malos lleva al desastre social o a la insumisión completa ante la norma. Es decir, al fracaso de la Ley y por lo tanto de parte del sistema.
Y uno se pregunta si también crearán listas de profesores que enseñen a practicar abortos, o que se nieguen a ejercer la libertad de cátedra en un determinado sentido, etc…
No se puede pretender imponer a los ciudadanos, sean profesionales o no, una obligación que va en contra de sus creencias. Sé que eso es difícil de entender para quienes no las tienen o las han perdido. Pero es obligación del legislador, legislar para el conjunto de los ciudadanos y no solo para una parte de ellos.
No se puede actuar en contra de los médicos, a la postre funcionarios en función de lo que piensan. Qué será lo próximo,¿¿¿ oposiciones selectivas???, ¿¿que sólo puedan se médicos quienes estén dispuestos a abortar??.
Llevado este argumento al absurdo, yo apostaría por que sólo puedan ser parlamentarios forales quienes cumplan la constitución y el Amejoramiento, que es lo que juraron o prometieron. Y que en caso contrario, o se vayan, o los podamos echar, pero para mucho mucho tiempo.
En el ámbito jurídico.
Es absolutamente innecesario el establecimiento mediante Ley Foral, de un simple registro. La pobre técnica legisladora, que no es nueva en estas tierras, tiende a regular absolutamente todo como forma de presión a un gobierno de un color diferente. Las Leyes están para lo que están, y no para estas cosas.
El establecimiento de un registro en el que anticipadamente los profesionales deben manifestar su objeción, a mi modesto entender es INCONSTITUCIONAL.
En primer lugar porque no se puede temporalizar la objeción de conciencia. Es decir, hasta el mismo momento del acto a realizar se puede objetar. Parece que el Partido Socialista y Nabai no han aprendido nada de la objeción de conciencia al servicio militar. Es decir, nadie puede obligar a una persona a no ejercer su legítimo derecho para abstenerse por motivos éticos o morales con meses de anticipación. O a sensu contrario, nadie puede coaccionar en contra de su conciencia a quien en la puerta del quirófano decide objetar. Intentarlo es una agresión a los derechos individuales del profesional sanitario. Se vulnera el artículo 14 de la CE.
En segundo lugar, porque esta objeción de conciencia lo va a ser siempre por motivos éticos y morales. Lo cual implica que el establecer un registro en función de las creencias religiosas o íntimas de las personas vulnera el principio constitucional de la libertad religiosa y la libertad de conciencia. Se vulneran el artículo 10 de la CE (dignidad de la persona) y el 14 al establecer una discriminación por religión u opinión.
Hay que intentar un recurso de inconstitucionalidad.
Políticamente.
Simplemente el modelo más parecido es el de la Alemania nacionalsocialista o el Estalinista. Crear listas de buenos y malos lleva al desastre social o a la insumisión completa ante la norma. Es decir, al fracaso de la Ley y por lo tanto de parte del sistema.
Y uno se pregunta si también crearán listas de profesores que enseñen a practicar abortos, o que se nieguen a ejercer la libertad de cátedra en un determinado sentido, etc…
No se puede pretender imponer a los ciudadanos, sean profesionales o no, una obligación que va en contra de sus creencias. Sé que eso es difícil de entender para quienes no las tienen o las han perdido. Pero es obligación del legislador, legislar para el conjunto de los ciudadanos y no solo para una parte de ellos.
No se puede actuar en contra de los médicos, a la postre funcionarios en función de lo que piensan. Qué será lo próximo,¿¿¿ oposiciones selectivas???, ¿¿que sólo puedan se médicos quienes estén dispuestos a abortar??.
Llevado este argumento al absurdo, yo apostaría por que sólo puedan ser parlamentarios forales quienes cumplan la constitución y el Amejoramiento, que es lo que juraron o prometieron. Y que en caso contrario, o se vayan, o los podamos echar, pero para mucho mucho tiempo.
miércoles, 6 de octubre de 2010
Mi baja.
Tras quince años de militancia, hoy me he dado de baja de CDN.
Me afilié a Convergencia antes de las elecciones forales de 1995, porque era un proyecto moderado, que trabajaría por los ciudadanos por encima de las cúpulas de los partidos, con apertura a la participación social, interna y externa, y con una defensa fuerte de Navarra como Comunidad Foral diferenciada.
Me afilié por convencimiento. Creamos las juventudes de CDN, Jóvenes Demócratas de Navarra en 1997, y fui elegido primer coordinador general de las mismas.
Con posterioridad he ocupado puestos en su Consejo Político y Gabinete Ejecutivo durante una década. Ocupé el cargo de asistente parlamentario durante cinco años, compatibilizando esa actividad con las internas del partido. Además, ostente la alcaldía de Villamayor de Monjardín como independiente durante cuatro años.
En los últimos años, tanto desde dentro como desde fuera, he venido observando la pérdida de valores fundacionales del partido. Y así lo he manifestado internamente. La Convergencia de 1995 no es el CDN de hoy. Esa es mi opinión. No quiero entrar a decir si es mejor o peor. Simplemente es diferente.
Creo que los partidos deben trabajar exclusivamente por el bien de los ciudadanos, no por la pervivencia de las cúpulas de los mismos. Llevo meses madurando el darme de baja, porque el cariño al proyecto, a esas ideas, estuvo a punto de hipotecar mi vida. Mereció la pena luchar por esas ideas, que en gran medida han calado en la sociedad navarra, y me siento orgulloso de haber dado todo lo que estuvo en mi mano para que así fuera.
La grandeza de la gente que se mueve por los ideales en los que cree estriba en que la importancia del proyecto está por encima de las personas, incluso la propia. Por eso nunca pedí nada al proyecto, salvo mi afiliación, y ahora mi baja.
No puedo compartir el brutal cambio de enfoque que se ha producido. Simplemente yo no soy así, y espero no serlo nunca.
Me afilié a Convergencia antes de las elecciones forales de 1995, porque era un proyecto moderado, que trabajaría por los ciudadanos por encima de las cúpulas de los partidos, con apertura a la participación social, interna y externa, y con una defensa fuerte de Navarra como Comunidad Foral diferenciada.
Me afilié por convencimiento. Creamos las juventudes de CDN, Jóvenes Demócratas de Navarra en 1997, y fui elegido primer coordinador general de las mismas.
Con posterioridad he ocupado puestos en su Consejo Político y Gabinete Ejecutivo durante una década. Ocupé el cargo de asistente parlamentario durante cinco años, compatibilizando esa actividad con las internas del partido. Además, ostente la alcaldía de Villamayor de Monjardín como independiente durante cuatro años.
En los últimos años, tanto desde dentro como desde fuera, he venido observando la pérdida de valores fundacionales del partido. Y así lo he manifestado internamente. La Convergencia de 1995 no es el CDN de hoy. Esa es mi opinión. No quiero entrar a decir si es mejor o peor. Simplemente es diferente.
Creo que los partidos deben trabajar exclusivamente por el bien de los ciudadanos, no por la pervivencia de las cúpulas de los mismos. Llevo meses madurando el darme de baja, porque el cariño al proyecto, a esas ideas, estuvo a punto de hipotecar mi vida. Mereció la pena luchar por esas ideas, que en gran medida han calado en la sociedad navarra, y me siento orgulloso de haber dado todo lo que estuvo en mi mano para que así fuera.
La grandeza de la gente que se mueve por los ideales en los que cree estriba en que la importancia del proyecto está por encima de las personas, incluso la propia. Por eso nunca pedí nada al proyecto, salvo mi afiliación, y ahora mi baja.
No puedo compartir el brutal cambio de enfoque que se ha producido. Simplemente yo no soy así, y espero no serlo nunca.
martes, 5 de octubre de 2010
Por la retirada del spot del 10 de Octubre.
Cual ha sido mi sorpresa al ver el spot publicitario del Ministerio de Defensa para la promoción del 12 de octubre de este año. http://www.mde.es/12octubre10/index.html
Vaya por delante, que esto no es una crítica al Ejercito, los que me conocen, sin duda saben de mi reconocimiento hacia él como institución y hacia las personas que lo componen.
Sin embargo si es una crítica directa hacia los gestores de dicho ministerio y hacia su Ministra.
No sé en qué cabeza progresista cabe el utilizar a una niña dentro del spot. Hace ya muchos años que se viene reclamando mejoras legislativas para conseguir que la infancia aparezca en los medios de comunicación para publicitar cuestiones relativas a ella misma.
Creo que un niño o niña anunciando bancos, o medicamentos, o una teletienda está de más. En primer lugar por los derechos de ese niño. Los padres no tienen derecho a utilizar su imagen para esos fines por que es sólo suya. Y mucho menos para hacer caja.
Se imaginan ustedes viéndose en la tele con unos cuantos años menos anunciando un fondo de inversión, un detergente, una bodega, o un ejército. Si, si, anunciando las bondades de un ejército.
Digo yo, que gente a sueldo tienen a porrillo para tener que recurrir a una niña supuestamente de Haití cuadrándose en el anuncio. Y me da lo mismo que sea de allí o de aquí, que sea una voluntaria o que sea pagada. No es de recibo. Se habrán gastado una pasta gansa encima para recrear Haití. Todos sabemos qué podían haber hecho con ese dinero.
Dicen que la publicidad poco a poco va girando desde el cuerpo de la mujer hacia los niños. Perdón, hacia las niñas.
Creo que por pura sensibilidad con la infancia la Ministra debería retirar ese spot manipulador. No sé que puede ser lo siguiente, espero que Bibiana no siga su ejemplo.
Etiquetas:
Ministra defensa infancia retirada spot
lunes, 28 de junio de 2010
Hartándome...
Hartándome de que en cualquier programa televisivo de determinada cadena se tengan que meter con el Papa, su religión, mi religión, saquen imagenes de religiosos o religiosas con el único fin de la mofa gratuita.
Hartándome de grupos de redes sociales que difaman, calumnian y atacan sin piedad a quienes profesamos determinada religión.
Hartándome de ver fotos en internet en las que se compara a todo sacerdote con los pederastas.
Hartándome de que digan que el Vaticano perjudica gravemente la salud, de que me llamen tonto por marcar la X en la casilla de la declaración de la renta.
Hartándome de que saquen al Nuncio en actitud atentatoria contra niños.
Hartándome en definitiva de quienes por activa y por pasiva demonizan una religión y a quienes la profesan.
Y es que desde un tiempo a esta parte los mensajes contra la religión no paran de sucederse. Que si la Iglesia hace más daño que bien, o que la religión católica te baja la autoestima, el nacionalcatolicismo, la dureza de las declaraciones cuando se elevan mártires a los altares, etc…
Sinceramente uno tiene la sensación de que la libertad religiosa en España solo se interpreta para el que libremente no desea profesar ninguna.
Muy al contrario, nuestras normas perciben el hecho religioso como algo bueno, como un bien jurídico a proteger.
Hasta tal punto es así que existen varios delitos en el Código Penal vigente, algunos de ellos modificados en 2003. Permitidme ponerlos porque hay gente que puede desconocerlos.
SECCIÓN 2. DE LOS DELITOS CONTRA LA LIBERTAD DE CONCIENCIA, LOS SENTIMIENTOS RELIGIOSOS Y EL RESPETO A LOS DIFUNTOS.
Artículo 522.
Incurrirán en la pena de multa de cuatro a diez meses:
1. Los que por medio de violencia, intimidación, fuerza o cualquier otro apremio ilegítimo impidan a un miembro o miembros de una confesión religiosa practicar los actos propios de las creencias que profesen, o asistir a los mismos.
2. Los que por iguales medios fuercen a otro u otros a practicar o concurrir a actos de culto o ritos, o a realizar actos reveladores de profesar o no profesar una religión, o a mudar la que profesen.
Artículo 523.
El que con violencia, amenaza, tumulto o vías de hecho, impidiere, interrumpiere o perturbare los actos, funciones, ceremonias o manifestaciones de las confesiones religiosas inscritas en el correspondiente registro público del Ministerio de Justicia e Interior, será castigado con la pena de prisión de seis meses a seis años, si el hecho se ha cometido en lugar destinado al culto, y con la de multa de cuatro a diez meses si se realiza en cualquier otro lugar.
Artículo 524.
El que en templo, lugar destinado al culto o en ceremonias religiosas ejecutare actos de profanación en ofensa de los sentimientos religiosos legalmente tutelados será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o multa de 12 a 24 meses.
Artículo 525.
1. Incurrirán en la pena de multa de ocho a doce meses los que, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican.
2. En las mismas penas incurrirán los que hagan públicamente escarnio, de palabra o por escrito, de quienes no profesan religión o creencia alguna.
Artículo 526.
El que, faltando al respeto debido a la memoria de los muertos, violare los sepulcros o sepulturas, profanare un cadáver o sus cenizas o, con ánimo de ultraje, destruyere, alterare o dañare las urnas funerarias, panteones, lápidas o nichos será castigado con la pena de prisión de tres a cinco meses o multa de seis a 10 meses.
Todo eso dejando aparte los delitos de injurias, cuando la difamación se produce sin publicidad, los desordenes públicos, el artículo 314 sobre discriminación laboral, el ataque en caso de conflicto armado del 613 y otros.
Como bien dicen María Reyes León Benítez y María del Mar Leal Adorna (Facultad de Derecho. Universidad de Sevilla) “Un Estado democrático y laico, como es el nuestro, ha de valorar siempre de forma positiva el hecho religioso y, en consecuencia, proteger el derecho de sus ciudadanos a creer o no creer, a exteriorizar o no sus convicciones, a actuar en consonancia con dichas creencias.”
http://noticias.juridicas.com/articulos/55-Derecho%20Penal/200406-212135555043111.html
El Tribunal Constitucional entiende que dichos derechos individuales no pueden "amparar manifestaciones o expresiones destinadas a menospreciar o a generar sentimientos de hostilidad contra determinados grupos étnicos, de extranjeros o inmigrantes, religiosos o sociales, pues en un Estado como el español, social, democrático y de Derecho, los integrantes de aquellas colectividades tienen el derecho a convivir pacíficamente y a ser plenamente respetados por los demás miembros de la comunidad social" (STC nº 101/1990, de 11 de0 noviembre).
Como bien dicen Jesús Sáiz Luca de Tena y Mercedes Soto Falcó, ante agresiones contra la religión es necesario: conocimiento a fondo de la situación denunciada; reacción valerosa y oportuna ante ellas; búsqueda del criterio justo, con la humildad suficiente para corregir los propios errores y dejarse inspirar siempre por el máximo precepto evangélico: IN OMNIA CHARITAS.
Y por supuesto, recurrir a la aplicación de la legislación vigente por medio de las oportunas denuncias.
Dejo para otro día el tema de las mentiras sobre el patrimonio de la Iglesia en Navarra.
Hartándome de grupos de redes sociales que difaman, calumnian y atacan sin piedad a quienes profesamos determinada religión.
Hartándome de ver fotos en internet en las que se compara a todo sacerdote con los pederastas.
Hartándome de que digan que el Vaticano perjudica gravemente la salud, de que me llamen tonto por marcar la X en la casilla de la declaración de la renta.
Hartándome de que saquen al Nuncio en actitud atentatoria contra niños.
Hartándome en definitiva de quienes por activa y por pasiva demonizan una religión y a quienes la profesan.
Y es que desde un tiempo a esta parte los mensajes contra la religión no paran de sucederse. Que si la Iglesia hace más daño que bien, o que la religión católica te baja la autoestima, el nacionalcatolicismo, la dureza de las declaraciones cuando se elevan mártires a los altares, etc…
Sinceramente uno tiene la sensación de que la libertad religiosa en España solo se interpreta para el que libremente no desea profesar ninguna.
Muy al contrario, nuestras normas perciben el hecho religioso como algo bueno, como un bien jurídico a proteger.
Hasta tal punto es así que existen varios delitos en el Código Penal vigente, algunos de ellos modificados en 2003. Permitidme ponerlos porque hay gente que puede desconocerlos.
SECCIÓN 2. DE LOS DELITOS CONTRA LA LIBERTAD DE CONCIENCIA, LOS SENTIMIENTOS RELIGIOSOS Y EL RESPETO A LOS DIFUNTOS.
Artículo 522.
Incurrirán en la pena de multa de cuatro a diez meses:
1. Los que por medio de violencia, intimidación, fuerza o cualquier otro apremio ilegítimo impidan a un miembro o miembros de una confesión religiosa practicar los actos propios de las creencias que profesen, o asistir a los mismos.
2. Los que por iguales medios fuercen a otro u otros a practicar o concurrir a actos de culto o ritos, o a realizar actos reveladores de profesar o no profesar una religión, o a mudar la que profesen.
Artículo 523.
El que con violencia, amenaza, tumulto o vías de hecho, impidiere, interrumpiere o perturbare los actos, funciones, ceremonias o manifestaciones de las confesiones religiosas inscritas en el correspondiente registro público del Ministerio de Justicia e Interior, será castigado con la pena de prisión de seis meses a seis años, si el hecho se ha cometido en lugar destinado al culto, y con la de multa de cuatro a diez meses si se realiza en cualquier otro lugar.
Artículo 524.
El que en templo, lugar destinado al culto o en ceremonias religiosas ejecutare actos de profanación en ofensa de los sentimientos religiosos legalmente tutelados será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o multa de 12 a 24 meses.
Artículo 525.
1. Incurrirán en la pena de multa de ocho a doce meses los que, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican.
2. En las mismas penas incurrirán los que hagan públicamente escarnio, de palabra o por escrito, de quienes no profesan religión o creencia alguna.
Artículo 526.
El que, faltando al respeto debido a la memoria de los muertos, violare los sepulcros o sepulturas, profanare un cadáver o sus cenizas o, con ánimo de ultraje, destruyere, alterare o dañare las urnas funerarias, panteones, lápidas o nichos será castigado con la pena de prisión de tres a cinco meses o multa de seis a 10 meses.
Todo eso dejando aparte los delitos de injurias, cuando la difamación se produce sin publicidad, los desordenes públicos, el artículo 314 sobre discriminación laboral, el ataque en caso de conflicto armado del 613 y otros.
Como bien dicen María Reyes León Benítez y María del Mar Leal Adorna (Facultad de Derecho. Universidad de Sevilla) “Un Estado democrático y laico, como es el nuestro, ha de valorar siempre de forma positiva el hecho religioso y, en consecuencia, proteger el derecho de sus ciudadanos a creer o no creer, a exteriorizar o no sus convicciones, a actuar en consonancia con dichas creencias.”
http://noticias.juridicas.com/articulos/55-Derecho%20Penal/200406-212135555043111.html
El Tribunal Constitucional entiende que dichos derechos individuales no pueden "amparar manifestaciones o expresiones destinadas a menospreciar o a generar sentimientos de hostilidad contra determinados grupos étnicos, de extranjeros o inmigrantes, religiosos o sociales, pues en un Estado como el español, social, democrático y de Derecho, los integrantes de aquellas colectividades tienen el derecho a convivir pacíficamente y a ser plenamente respetados por los demás miembros de la comunidad social" (STC nº 101/1990, de 11 de0 noviembre).
Como bien dicen Jesús Sáiz Luca de Tena y Mercedes Soto Falcó, ante agresiones contra la religión es necesario: conocimiento a fondo de la situación denunciada; reacción valerosa y oportuna ante ellas; búsqueda del criterio justo, con la humildad suficiente para corregir los propios errores y dejarse inspirar siempre por el máximo precepto evangélico: IN OMNIA CHARITAS.
Y por supuesto, recurrir a la aplicación de la legislación vigente por medio de las oportunas denuncias.
Dejo para otro día el tema de las mentiras sobre el patrimonio de la Iglesia en Navarra.
viernes, 18 de junio de 2010
De donde recortar, y van 2
Si alguien está saliendo mal parado con esta crisis, además del gobierno del PSOE y la clase política, son los sindicatos. Ni la sociedad en general, ni los trabajadores en particular, los perciben como parte de la solución a la crisis, sino como parte del problema.
No en vano, tras superar los cuatro millones de parados, apenas habían protestado, ni aportado solución alguna. Es más, cuando se apuntó la posibilidad de rebajar el sueldo a los funcionarios es cuando parecieron despertar del letargo. Algo que evidentemente crispó aún más a los que somos detractores de los mismos.
Nunca he entendido por qué en el siglo XXI tiene que haber sindicatos. Ni tampoco entiendo por qué hay que pagarlos de los presupuestos de todos.
He de reconocer que intentar adivinar, siquiera intuir cuanto cobran los sindicatos, es una misión absolutamente imposible.
Hay una parte de financiación conocida: el Ministerio de Trabajo financia a las centrales sindicales, en 2009, con 15.798.500 euros para la financiación basada en la representatividad, según los delegados obtenidos en elecciones sindicales y con destino vago e indeterminado: actividades de carácter sindical, y con otros 4.800.790 euros, que se destinan a “compensación económica por participación de centrales sindicales y organizaciones empresariales en los órganos consultivos centrales y territoriales del Ministerio de Trabajo e Inmigración, de sus organismos autónomos y de las entidades gestoras de la Seguridad Social”. CITA
Vamos 20 millones de euros de “porquesí” al año.
Sólo en concepto de “formación intersectorial”, CCOO y UGT recibieron en 2009 21.083.110,63 euros, y en la “formación sectorializada” los sindicatos percibirán 172.667.675,5 euros (83.461.408,7 euros para CCOO, 85.025.943 para UGT, y otros 4.184.000 euros para el resto de sindicatos).
Toma del frasco carrasco.
A todo ello hay que sumar las aportaciones que realizan las comunidades autónomas. Y las cooperativas de viviendas que tantas alegrías han dado a sus afiliados.
Pero es que además hay según distintas fuentes 230.000 liberados. Es decir, un montón de peña que cobra de su trabajo para realizar labores sindicales, mientras que otro trabajador, en precario normalmente, hace lo que tiene que hacer el primero.
Otras fuentes elevan esa cifra a 300.000 liberados. Estos tienen un coste aproximado de 250 millones de euros al año. CITA
Toma, y toma.
Si a esto le sumamos los millonarios sueldos de sus dirigentes, y lo que les sacan a las empresas…. Si, a las empresas….
Yo no lo sabía, pero por cada ERE se llevan un pico. En el caso de la empresa Fibracolor, se levantaron 1000 eurillos por cada trabajador que fue regulado. CITA
Que si es para los abogados pues no me parece mal, casi poco en función de la cuantía. Pero lo curioso es que en ese mismo caso la empresa les dio a los sindicatos 6500 euros a cada uno de los mayoritarios “por su inestimable colaboración en el ERE”.
Y las tarifas de esos abogados pues en fin… Desde CCOO confirman que aunque su participación es gratuita con carácter general, se cobra por expediente contencioso en función de si ha habido o no conciliación. “Un 5% si la hay y un 10% si hay juicio y recurso”, señalan desde su gabinete jurídico.
Que voy a subir mis tarifas pero ya….
Y ahora después de todo esto uno se pregunta, si el gobierno no podría dejar de tocar las pensiones y meterle mano a estos. Nadie sabe por qué se financian los sindicatos del dinero público. Nadie sabe cuanto ganan. Nadie sabe cuantos liberados hay. Nadie sabe que han resuelto los sindicatos en los últimos 25 años. Nadie sabe nada, salvo que no solucionan la papeleta.
En fin que como están recogidos en la constitución del 78 no se pueden suprimir de la noche a la mañana, pero puestos a tocar la constitución algún día, apunten la idea.
No en vano, tras superar los cuatro millones de parados, apenas habían protestado, ni aportado solución alguna. Es más, cuando se apuntó la posibilidad de rebajar el sueldo a los funcionarios es cuando parecieron despertar del letargo. Algo que evidentemente crispó aún más a los que somos detractores de los mismos.
Nunca he entendido por qué en el siglo XXI tiene que haber sindicatos. Ni tampoco entiendo por qué hay que pagarlos de los presupuestos de todos.
He de reconocer que intentar adivinar, siquiera intuir cuanto cobran los sindicatos, es una misión absolutamente imposible.
Hay una parte de financiación conocida: el Ministerio de Trabajo financia a las centrales sindicales, en 2009, con 15.798.500 euros para la financiación basada en la representatividad, según los delegados obtenidos en elecciones sindicales y con destino vago e indeterminado: actividades de carácter sindical, y con otros 4.800.790 euros, que se destinan a “compensación económica por participación de centrales sindicales y organizaciones empresariales en los órganos consultivos centrales y territoriales del Ministerio de Trabajo e Inmigración, de sus organismos autónomos y de las entidades gestoras de la Seguridad Social”. CITA
Vamos 20 millones de euros de “porquesí” al año.
Sólo en concepto de “formación intersectorial”, CCOO y UGT recibieron en 2009 21.083.110,63 euros, y en la “formación sectorializada” los sindicatos percibirán 172.667.675,5 euros (83.461.408,7 euros para CCOO, 85.025.943 para UGT, y otros 4.184.000 euros para el resto de sindicatos).
Toma del frasco carrasco.
A todo ello hay que sumar las aportaciones que realizan las comunidades autónomas. Y las cooperativas de viviendas que tantas alegrías han dado a sus afiliados.
Pero es que además hay según distintas fuentes 230.000 liberados. Es decir, un montón de peña que cobra de su trabajo para realizar labores sindicales, mientras que otro trabajador, en precario normalmente, hace lo que tiene que hacer el primero.
Otras fuentes elevan esa cifra a 300.000 liberados. Estos tienen un coste aproximado de 250 millones de euros al año. CITA
Toma, y toma.
Si a esto le sumamos los millonarios sueldos de sus dirigentes, y lo que les sacan a las empresas…. Si, a las empresas….
Yo no lo sabía, pero por cada ERE se llevan un pico. En el caso de la empresa Fibracolor, se levantaron 1000 eurillos por cada trabajador que fue regulado. CITA
Que si es para los abogados pues no me parece mal, casi poco en función de la cuantía. Pero lo curioso es que en ese mismo caso la empresa les dio a los sindicatos 6500 euros a cada uno de los mayoritarios “por su inestimable colaboración en el ERE”.
Y las tarifas de esos abogados pues en fin… Desde CCOO confirman que aunque su participación es gratuita con carácter general, se cobra por expediente contencioso en función de si ha habido o no conciliación. “Un 5% si la hay y un 10% si hay juicio y recurso”, señalan desde su gabinete jurídico.
Que voy a subir mis tarifas pero ya….
Y ahora después de todo esto uno se pregunta, si el gobierno no podría dejar de tocar las pensiones y meterle mano a estos. Nadie sabe por qué se financian los sindicatos del dinero público. Nadie sabe cuanto ganan. Nadie sabe cuantos liberados hay. Nadie sabe que han resuelto los sindicatos en los últimos 25 años. Nadie sabe nada, salvo que no solucionan la papeleta.
En fin que como están recogidos en la constitución del 78 no se pueden suprimir de la noche a la mañana, pero puestos a tocar la constitución algún día, apunten la idea.
jueves, 17 de junio de 2010
De donde puede recortarse gastos….
En el año 2008, los parlamentarios forales se subieron un 2% el sueldo. Se ocultó que también se subieron un 4% los gastos personales, ósea, el móvil. En el mismo periodo las subvenciones a los grupos parlamentarios fueron las siguientes:
UPN (22 parlamentarios): cada mes 81.299 euros sumando sus asignaciones fijas y variables.
Nafarroa Bai (12) y PSN (12): cada uno mensualmente un total de 48.913 euros.
CDN (2) e IU (2), cada una al mes del Parlamento 16.527 euros.
Haciendo números…
UPN recibe al año del Parlamento de Navarra 975.588€, es decir en cuatro años 3.902.352€ (649.296.739 pesetas).
PSN 586.956€ al año, en cuatro años 2.347.824€ (390.645.044 pesetas)
NABAI 586.956€ al año, en cuatro años 2.347.824€ (390.645.044 pesetas)
CDN 198.324€ al año, en cuatro años 793.296€ (131.993.348 pesetas)
IU 198.324€ al año, en cuatro años 793.296€ (131.993.348 pesetas)
Vamos que al mes los partidos nos salen a todos los navarros 212.197€, al año 2.546.148€, y a lo largo de toda la legislatura 10.184.592 (1.694.573.525 de pesetas).
Aparte lo que cada parlamentario cobre en las diferentes formas de liberado, dedicación no exclusiva, dietas etc.
Cuando se propone desde algún partido recortar las campañas electorales, se está diciendo que no se va a gastar parte de ese dinero. Pues yo creo que es esa parte, la de las campañas electorales, en la que profesionales, currelas de todo tipo, etc, se ven agraciados con trabajo y una fuente de ingresos adicional, que tal y como está el panorama, no viene nada mal.
Muy al contrario, si lo que se pretende es reducir gastos, vamos chupar menos del bote ciudadano, no tienen más que recortarse estas asignaciones, un 5, un 10 o un 80%.
Comparativas.
Con ese ahorro anual se podría pagar una cuarta parte del coste de todas las escuelas infantiles en Pamplona.
Casi se podría duplicar el gasto para las fiestas de San Fermín.
Supone aproximadamente la mitad de lo que Pamplona puede invertir en investigación y denuncias.
Si, ya lo sé, son cifras del Parlamento. Pues respecto del Gobierno si se van a recortar 30 millones de euros para el 2010 supondría un 12% de ese recorte, hagan los funcionarios la cuenta respecto de su rebaja proporcional….
Podríamos pagar el Reyno Arena en 6 años a toca teja, y en otros tantos el circuito de Los Arcos.
O también resulta llamativo que pudiéramos dedicar 25 veces más dinero a lo que el PSOE aplicó en Navarra para la Ley de memoria histórica en su negociación con UPN. O 2500 veces más de lo que pactaron contra el fraude fiscal. O iguala la cantidad pactada para reformas y creación de centros de 0 a 3 años.
En fin, que me parece una burrada pagar semejante dineral a los partidos políticos para que se lo gasten en la adquisición de sedes, sus reformas, las dietas por participar en los órganos internos, los lunch, los libricos de medio pelo, y en otras varias…
Que más que bajarse las asignaciones y subirse otros gastos, donde está el tema gordo es en las asignaciones a los grupos. A ver quién le pone el cascabel al gato….
Vamos, digo yo....
martes, 5 de enero de 2010
Ya les vale de hacer el gandúl y el paria, que dejen de pagar favores a los de siempre,
Yo no pensaba hablar mal del gobierno durante cierto tiempo, pero no puedo evitarlo. Tómenlo como una crítica.
Hemos empezado mal el año. Una llamada de teléfono amenazando claramente, con total credibilidad ha truncado el feliz inicio de 2010. Algún capullo malnacido ha decidido darme el año llamándome con número oculto. En fin, como es creible y factible hice lo que todo buen ciudadano debe hacer: denunciarlo.
Y para ello me fui al cuerpo policial más competente que conozoco, para este y otros temas, la Guardia Civil. yo que pensaba que con tanto SITEL debería estar chupado saber quien ha sido el hijo de puta de turno... que ingénuo...
Resulta que debe ir la denuncia al Juzgado, luego el Juzgado solicitar a mi compañía que les digan qué número ha realizado la llamada. Cuando se reciba la respuesta, oficiar a la compañía del llamante para que identifiquen al titular, y cuando contesten, citar al gilipollas de turno. Vamos que de 6 meses no baja el plazo de identificación.
Y ahora que la señora Sinde quiere cerrar páginas gebs sin autorización judicial, me doy cuenta de que por mucho Sitel y por mucha Sinde, estos van a lo que van. A por la pasta, que las descargas no dejan IVA, ni impuesto de sociedades, ni retenciones ni pagos a cuenta.
¿Por qué el gobierno no pone el mismo ímpetu e interés en la seguridad de las personas que en las descargas gebs? Lo digo, porqué en 6 meses me pueden freir a llamadas, smss y cosas varias, cuando con el Sitel de Rubalcaba, en 2 minutos se podría localizar al que amenaza por teléfono. Pero claro, el Sitel no debe estar concebido para eso.
Lo dicho, que hoy fumo en pipa contra la Sinde, Rubalcaba y la madre que los parió. Ya les vale de hacer el gandúl y el paria, que dejen de pagar favores a los de siempre, y que empleen la cosa pública a favor de los ciudadanos y no a favor de los grupos de presión, lobbys varios, y manifestantes de medio pelo.
Ah¡, y como protesta, me voy a descargar 200 ó 300 pelis de esas que están en la web.
Felices Reyes Magos.
Hemos empezado mal el año. Una llamada de teléfono amenazando claramente, con total credibilidad ha truncado el feliz inicio de 2010. Algún capullo malnacido ha decidido darme el año llamándome con número oculto. En fin, como es creible y factible hice lo que todo buen ciudadano debe hacer: denunciarlo.
Y para ello me fui al cuerpo policial más competente que conozoco, para este y otros temas, la Guardia Civil. yo que pensaba que con tanto SITEL debería estar chupado saber quien ha sido el hijo de puta de turno... que ingénuo...
Resulta que debe ir la denuncia al Juzgado, luego el Juzgado solicitar a mi compañía que les digan qué número ha realizado la llamada. Cuando se reciba la respuesta, oficiar a la compañía del llamante para que identifiquen al titular, y cuando contesten, citar al gilipollas de turno. Vamos que de 6 meses no baja el plazo de identificación.
Y ahora que la señora Sinde quiere cerrar páginas gebs sin autorización judicial, me doy cuenta de que por mucho Sitel y por mucha Sinde, estos van a lo que van. A por la pasta, que las descargas no dejan IVA, ni impuesto de sociedades, ni retenciones ni pagos a cuenta.
¿Por qué el gobierno no pone el mismo ímpetu e interés en la seguridad de las personas que en las descargas gebs? Lo digo, porqué en 6 meses me pueden freir a llamadas, smss y cosas varias, cuando con el Sitel de Rubalcaba, en 2 minutos se podría localizar al que amenaza por teléfono. Pero claro, el Sitel no debe estar concebido para eso.
Lo dicho, que hoy fumo en pipa contra la Sinde, Rubalcaba y la madre que los parió. Ya les vale de hacer el gandúl y el paria, que dejen de pagar favores a los de siempre, y que empleen la cosa pública a favor de los ciudadanos y no a favor de los grupos de presión, lobbys varios, y manifestantes de medio pelo.
Ah¡, y como protesta, me voy a descargar 200 ó 300 pelis de esas que están en la web.
Felices Reyes Magos.
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